Castigo contra “el capo de provincia” por las recordadas papas fritas en las dorsales.

Se publicó la sentencia del tribunal de disciplina de la ANFP contra Ohiggins de Rancagua tras la recordada camiseta que usara en la  primera fecha del Campeonato AFP PlanVital con los números formados por papas fritas de una reconocida cadena de comida rápida, el fallo dice lo siguiente:

“VISTOS:

1°) La denuncia del árbitro don José Cabero respecto del partido entre los clubes Huachipato y O’Higgins de Rancagua, jugado el 17 de febrero de 2019 en el estadio del primero de los nombrados y contenido en su informe, que en lo sustantivo expresa: “El equipo de O’Higgins presenta una camiseta rosada, la cual tiene unos números amarillos que no son visibles para el equipo arbitral, televisión y público, por lo que no cumple con el artículo 36 de las Bases del Campeonato Nacional”

2°) Las imágenes del partido, de profusa difusión pública, que ratifican totalmente lo informado por el árbitro del partido.

3°) La comparecencia del representante del club citado, quien reconoce la veracidad de la denuncia y la existencia del hecho denunciado. CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que se encuentra acreditado que con ocasión del partido válido por la primera fecha del Campeonato de Primera División, Temporada 2019, disputado el día 17 de febrero de 2019, en el Estadio CAP de Talcahuano, entre los equipos de Huachipato y O’Higgins de Rancagua, los jugadores del club visitante utilizaron camisetas y números con colores que hacían imposible su lectura y distinción, con negativas consecuencias y severas incomodidades para el equipo arbitral, público asistente y televidentes.

SEGUNDO: Que el artículo 36°, inciso segundo, de las Bases del Campeonato de Primera División, Temporada 2019, como así también la reglamentación internacional, exigen que los números contrasten visiblemente con el del uniforme (claro sobre oscuro y viceversa) y que sean legibles, tanto para los espectadores como para los televidentes. De esta manera, la reglamentación protege la calidad del espectáculo y las condiciones mínimas que necesita quien asiste a presenciar un partido o lo observa por televisión, como también vela para que la cuaterna arbitral desarrolle su labor en forma expedita, eficaz y sin dificultades.

TERCERO: Que en el caso de autos, no existe duda, para este Tribunal, que no hubo ningún tipo de contraste entre las camisetas de los jugadores del Club O’Higgins de Rancagua y los números y eran completamente ilegibles.

CUARTO: La facultad que tiene este Tribunal de apreciar la prueba rendida en conciencia.

SE RESUELVE: Aplicase al Club O’Higgins de Rancagua la multa de veinte Unidades Fomento. Esta sanción pecuniaria deberá enterarse dentro de los quince días siguientes a la fecha en que esta sentencia se encuentre ejecutoriada, bajo el apercibimiento del artículo 46º de los Estatutos de la ANFP. Fallo acordado por la unanimidad de los integrantes de la Primera Sala del Tribunal de Disciplina, presentes en la audiencia, señores Exequiel Segall, Santiago Hurtado, Jorge Isbej y Simón Marín, dejándose constancia que este último participó en la audiencia por vía telefónica.

Notifíquese.”

 

Fuente: httpsss://www.anfp.cl/noticia/32698/sentencia-de-la-primera-sala-a-ohiggins-por-numeracion-de-camisetas

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